¿Cómo saber si una deuda ha prescrito?

¿Cómo saber si una deuda ha prescrito?

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Si tienes alguna deuda pendiente, es fundamental que sepas en qué momento habrá prescrito, ya que a partir de entonces tu acreedor no te podrá reclamar su pago.

¿Todas las deudas prescriben?

Sí, en España todas las deudas tienen algún plazo legal de prescripción. Algunos ejemplos de deudas habituales y sus plazos de prescripción son los siguientes:

Hay que tener en cuenta que no todas las deudas deben su plazo de prescripción a una regulación legal específica. Así por ejemplo, el tiempo en el que prescriben las deudas de las tarjetas de crédito surge del artículo 1964.2 del Código Civil, que establece lo siguiente:

2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.

Artículo 1964.2 del Código Civil

La diferencia entre la prescripción y la caducidad

Un aspecto fundamental al hablar de la prescripción de las deudas es que no es lo mismo prescripción que caducidad.

El plazo de prescripción es aquel que tiene el acreedor para reclamar el pago de la deuda. Por lo tanto, si una deuda prescribe a los 5 años, por ejemplo, no quiere decir que automáticamente deje de ser exigible al transcurrir ese tiempo.

Esto es debido a que el plazo de prescripción se reinicia cada vez que el acreedor realiza alguna acción de reclamación de la deuda (que puede ser extrajudicial), o bien si el deudor reconoce la existencia de la deuda y queda constancia de ello.

Entonces, una deuda solo habrá caducado si, habiendo pasado el plazo de prescripción indicado por la ley para ese tipo de deuda, no se ha producido ninguna de las dos situaciones antes descritas. En tal caso, ya no será posible exigir el pago de la deuda.

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¿Cómo puedo saber si una deuda está prescrita?

En realidad, para saber si una deuda ha prescrito hay que tener en cuenta lo que hemos explicado en el apartado anterior. Al margen de esto, por lo general, no es que suela constar la prescripción de las deudas en algún tipo de documento, por ejemplo.

Simplemente, si ha pasado el plazo de prescripción sin que el acreedor reclame ni el deudor reconozca la deuda, hay que considerar que esta ha prescrito.

Cómo oponerse a la reclamación de una deuda prescrita

Si tienes una deuda que ha prescrito, en principio ya no te la podrían reclamar. Así pues, no es necesario que inicies ningún tipo de acción para evitar que te reclamen dicha deuda, puesto que es algo que no debería ocurrir.

Ahora bien, no se puede descartar totalmente que el acreedor reclame la deuda, bien porque realmente no sepa que se encuentra ya prescrita, o bien porque sea consciente de ello pero igualmente actúe por si surte efecto (es decir, esperando que tú no te des cuenta de que la deuda ya ha prescrito).

Si se trata de una deuda que ya no es exigible, no debes tener ningún temor al respecto. En caso de que tu acreedor se ponga en contacto contigo por medios extrajudiciales (por ejemplo, por burofax) para solicitarte el pago de la deuda, ni siquiera tendrías por qué responder. Puede ser conveniente que lo hagas, eso sí, explicando que la deuda está prescrita y en base a qué artículos legales lo está, para evitar que continúe reclamándote.

En caso de que tu acreedor te reclame por la vía judicial, normalmente por juicio monitorio, es posible que el juzgado no admita el escrito de petición inicial. Pero si esto ocurre y te requieren para pagar en un plazo de 20 días, tienes este mismo tiempo para oponerte, compareciendo para explicar que la deuda ya prescribió.

Como hemos visto, que una deuda prescriba en un cierto plazo de tiempo no conlleva necesariamente que caduque. De hecho, y sobre todo si se trata de cantidades importantes, cabe esperar que el acreedor esté pendiente y actúe antes de que pase ese plazo.

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ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
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