¿Puedo parar un embargo judicial con la Ley de la Segunda Oportunidad?

¿Puedo parar un embargo judicial con la Ley de la Segunda Oportunidad?

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¿Quieres saber cómo evitar un embargo? ¿Van a embargarte y no sabes cómo actuar? ¿Estás pensando en acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y temes los embargos?

No te preocupes, en este artículo vamos a explicarte cómo detener un embargo judicial y cancelar tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

El embargo se basa en confiscar los bienes suficientes de tu patrimonio para pagar la deuda pendiente. Pero debes saber que existen formas de detener estos embargos.

Una de las más interesantes es acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, eliminando además todas tus deudas pendientes.

¿Cómo funcionan los embargos?

Para que puedan embargarte es completamente necesaria una resolución judicial que lo permita. Esto significa que los bancos y entidades no pueden embargarte simplemente porque tengas una deuda impagada con ellos, sino que tienen que reclamar esa deuda judicialmente.

Solo hay una excepción: las deudas con administraciones públicas (como Hacienda o la Seguridad Social) sí pueden desembocar en embargos tramitados por la vía administrativa y sin necesidad de autorización de un juez. Pero son el único caso, ninguna empresa puede hacerlo.

Es importante tener esto claro porque hay muchas empresas de recobro (como Lexer, Axactor o Zolva) y financieras online te pueden llegar a hablar de embargarte las cuentas, el salario o la vivienda si no pagas la deuda. Estas presiones no tienen ninguna validez por mucho que insistan, ya que no podrán embargarte nada hasta que el caso no pase por las manos de un juez y lo apruebe.

Cuando la entidad que te reclama la deuda presente una solicitud de juicio monitorio para reclamarte que pagues la deuda (y después solicitar que te embarguen, si no lo haces), el juez te lo hará saber mediante una notificación en tu vivienda. A partir de ese momento tendrás 20 días hábiles para pagar u oponerte a la solicitud.

Si no te pronuncias, tu acreedor puede solicitar el embargo, y el juez aprobará la solicitud y permitirá el embargo de los bienes necesarios para satisfacer la deuda pendiente.

Existen diferentes motivos por los que oponerse al juicio monitorio y así evitar el embargo: prescripción de la deuda, cláusulas o intereses abusivos, falta de acreditación documental, etc. Es primordial oponerse al juicio monitorio si se tiene motivos para ello, o en su defecto recurrir, para evitar el embargo de tus bienes

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Formas de detener un embargo

Una vez has recibido la notificación del juzgado sobre la reclamación judicial de tus deudas, tienes diferentes formas de paralizar el embargo de tus bienes:

  • Pagar la deuda reclamada.
  • Llegar a un nuevo acuerdo de pago con la entidad que reclama la deuda, con cuotas reducidas que se ajusten a tu situación económica.
  • Oponerte al juicio monitorio. El caso se derivará a un nuevo juicio para valorar si se anula o no la reclamación judicial, que será: verbal (si la reclamación es de hasta 15.000 euros) u ordinario (si es superior a 15.000 euros).
  • Notificar que estás dentro del proceso de Segunda Oportunidad y solicitar la suspensión de los embargos, tal y como ordena la ley.

Detener un embargo con la Ley de Segunda Oportunidad

Acogiéndote a la Ley de la Segunda Oportunidad puedes paralizar todos los embargos presentes y futuros. Esta ley está pensada para que todas aquellas personas endeudadas, dándoles el derecho de eliminar sus deudas cuando no pueden pagarlas.

Mientras dure este proceso de cancelación de deudas, puedes solicitar que no se embarguen tus bienes y que se suspendan los embargos que ya estén en marcha. Así lo estipula la Ley Concursal en su artículo 602.

De este modo, una vez empiezas el proceso de Segunda Oportunidad, no podrán embargarte ningún bien por mucho que lo reclamen judicialmente y podremos pedir la paralización de los embargos ya tramitados.

La razón de esta prohibición es que el embargo favorece únicamente a la entidad que reclama la deuda impagada, mientras que la Ley de la Segunda Oportunidad está pensada para satisfacer a todos los acreedores por igual. De modo que un embargo va en contra del espíritu de esta norma.

Este es el motivo por el cuál se suspenden los embargos durante este proceso, hasta que llegue a su fin y el acreedor se vea afectado por el resultado final, sea el que sea:

  • Si optamos por la cancelación de todas las deudas con liquidación del patrimonio, no podrán embargarnos nada ya que todas las deudas estarán legalmente eliminadas.
  • Si optamos por la cancelación parcial de las deudas salvando la vivienda y con el compromiso de cumplir un plan de pagos, tampoco podrán embargarnos, ya que una parte de las deudas habrá sido cancelada y la otra parte se pagará poco a poco con el plan de pagos. Así que tampoco habrá deudas que puedan generar un embargo, al menos mientras cumplas con los compromisos del plan de pagos (que habrá sido diseñado y aprobado por el juez teniendo en cuenta la medida de tus posibilidades de pago reales).

No dejes pasar los días, evita los embargos

Lo más importante cuando recibes una notificación del juzgado por una reclamación de deuda es tomar medidas y no dejar pasar los días. Si no te opones durante los 20 días hábiles siguientes a esta notificación, podrán solicitar que embarguen tus bienes.

Si estás a punto de acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, es aún más importante actuar con rapidez y oponerse al juicio monitorio. Si ya han pasado los 20 días de oposición, también puedes recurrir la resolución de embargo antes de que esta se vuelva ejecutable.

Como hemos dicho ya, el objetivo será demorar el máximo posible estos procesos para que podamos detenerlos legalmente una vez entremos dentro del proceso de Segunda Oportunidad. Esta es una de las grandes ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad, que no importa cuál sea su duración, porque estarás protegido de embargos por ley en todo momento. Es incluso posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad sin perder tu vivienda habitual.

Todos nuestros clientes, desde que empezamos a trabajar con ellos, están muy tranquilos y saben que, además de tener un buen resultado al final, durante todo el procedimiento pueden vivir su vida.

Si quieres detener los embargos y saber cómo sería el proceso de Segunda Oportunidad en tu caso, llámanos al 930 502 305 y te asesoraremos gratuitamente. Cada vez más personas se están beneficiando de esta ley y eliminando sus deudas para siempre.

En Abogados para tus deudas somos abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad con una amplia trayectoria y experiencia. Contamos con multitud de casos de éxito reales que atestiguan nuestro trabajo ayudando a nuestros clientes a cancelar sus deudas.

ESCRITO POR:
Fina Salazar
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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