La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, supuso una importante reforma del procedimiento concursal comúnmente conocido como concurso express o concurso sin masa. Hasta la entrada en vigor de esta norma, se hablaba de concurso express para hacer referencia a la conclusión por insuficiencia de la masa activa simultánea a la declaración del concurso.
Esto suponía que en un mismo auto, se declaraba y se concluía el concurso de acreedores, sin llegar siquiera a nombrar a un administrador concursal. En la actualidad, el concurso de acreedores express puede pasar por distintos autos y sí se puede nombrar a un administrador concursal.
A continuación vamos a explicar el concepto actual de concurso de acreedores express y cómo se desarrolla este procedimiento.
¿En qué consiste el concurso de acreedores express?
El concurso de acreedores express, o concurso sin masa, es una modalidad abreviada de concurso de acreedores para pequeñas y medianas empresas que se encuentran en situación de insolvencia y no disponen de activos, o bien sus activos no son suficientes para afrontar los costes de un concurso de acreedores convencional.
Como en todo procedimiento concursal, su finalidad es el cierre ordenado de la empresa y que se puedan cancelar las deudas de la mejor manera posible.
¿Dónde se regula el concurso de acreedores express?
El nuevo concurso de acreedores express se regula en la sección 4ª (de la declaración de concurso sin masa) del capítulo V (del auto de declaración de concurso) del título I (de la declaración de concurso) del libro primero (del concurso de acreedores) de la Ley Concursal.
¿Cuándo se considera que existe un concurso sin masa?
La Ley Concursal establece que habrá concurso sin masa cuando se dé alguno de los siguientes casos:
- La empresa no dispone de bienes y derechos que se puedan embargar legalmente.
- El coste de realización de los bienes y derechos de la empresa es muy desproporcionado al valor venal que se les prevea.
- El valor de los bienes y derechos de la empresa libres de carga es inferior al coste que se prevea al concurso de acreedores convencional.
- Los gravámenes y cargas de los bienes y derechos de la empresa tienen un importe superior a su valor de mercado.
Desarrollo del concurso de acreedores express
Como ya se ha indicado, hasta la reforma concursal de 2022, el concurso express era aquel en el que se declaraba y se concluía el concurso de acreedores al mismo tiempo, en un mismo auto.
Esta posibilidad se eliminó con la citada reforma, y el actual concurso sin masa transcurre de la siguiente forma:
- Si, una vez presentada la solicitud de declaración de concurso y los documentos correspondientes, se deduce que la empresa se encuentra en cualquiera de los casos previstos para el concurso sin masa, se dictará auto declarando el concurso de acreedores, expresando el pasivo que se desprenda de los documentos, sin más pronunciamientos, y ordenando que se remita telemáticamente al BOE para que se publique en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal.
- En el mismo auto, se hará llamamiento al acreedor o los acreedores que representen al menos el 5% del pasivo para que, en un plazo de 15 días desde el siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar que se nombre a un administrador concursal para que emita informe sobre:
- Si existen indicios sobre la realización de actos perjudiciales para la masa activa que se puedan rescindir.
- Si existen suficientes indicios para el ejercicio de acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la empresa.
- Si existen indicios suficientes para la calificación del concurso culpable.
- Si ningún legitimado realiza la solicitud en plazo, el deudor persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (es decir, acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad).
- Si existen trabajadores en la empresa, el auto de declaración de concurso será notificado a los representantes legales de los trabajadores.
- Si se solicita el nombramiento de administrador concursal, el juez dictará auto procediendo a su nombramiento para que, en un mes desde la aceptación del cargo, emita el informe correspondiente. En ese mismo auto, fijará su retribución por la emisión del informe, a cargo del acreedor o acreedores que solicitaran su nombramiento.
- En caso de que en el informe, el administrador concursal aprecie alguno de los indicios anteriormente señalados, el juez dictará auto complementario con el resto de pronunciamientos de la declaración de concurso de acreedores y apertura de la fase de liquidación de masa activa, siguiendo el procedimiento por los cauces del concurso de acreedores convencional.
- El administrador concursal tendrá que llevar a cabo las acciones rescisorias y las acciones sociales de responsabilidad antes de que transcurran dos meses a contar desde la presentación del informe a que se refiere el artículo anterior.