El concurso consecutivo antes de la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad

El concurso consecutivo antes de la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad

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La Ley de la Segunda Oportunidad brinda la posibilidad de empezar de cero en determinados casos en los que el deudor realmente no puede afrontar las deudas contraídas.

Pues bien, antes de la reforma que experimentó la Ley de la Segunda Oportunidad en el año 2022, una de las fases por las que pasaba el procedimiento era el concurso consecutivo. Descubre en qué consistía.

¿Qué era el concurso consecutivo en la Ley de la Segunda Oportunidad?

Hasta la mencionada reforma del año 2022, el concurso consecutivo era la última parte del mecanismo recogido por la Ley de la Segunda Oportunidad, durante la cual, se solicitaba lo que anteriormente se conocía como beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (ahora denominado exoneración del pasivo insatisfecho o EPI), es decir, la cancelación total de las deudas.

Por lo tanto, a través del concurso consecutivo, se cancelaban aquellas deudas a las que no se había podido hacer frente durante el proceso de Segunda Oportunidad.

¿En qué casos se declaraba el concurso consecutivo?

Se declarará el concurso consecutivo en los siguientes casos:

  • Si no se había podido llegar a un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores, por no conseguir las mayorías necesarias o porque la mayor parte de los acreedores no desean seguir con las negociaciones. El trámite del intento de acuerdo también fue eliminado con la reforma de 2022.
  • Cuando, una vez aprobado el acuerdo extrajudicial de pagos, no se tenía capacidad económica para su cumplimiento. En estos casos, el mediador concursal (figura desaparecida en 2022 también) instaba el concurso, sin que fuera necesario probar la insolvencia.
  • En aquellos casos en los que se anulaba el acuerdo extrajudicial de pago.

¿Quién podía solicitar el concurso consecutivo?

Podían solicitar el concurso consecutivo las siguientes personas:

Mediador concursal

El mediador concursal podía instar la declaración de concurso respecto al deudor insolvente en cualquiera de los casos que hemos visto en el apartado anterior.

Deudor

Por su parte, el deudor solo podía pedir la declaración de concurso consecutivo si no se llegaba a un acuerdo con los acreedores, o si este era anulado. Pero no podía hacerlo por no poder afrontar los pagos una vez llegado el acuerdo.

Acreedores

Los acreedores solo podían solicitar el concurso consecutivo si no había acuerdo o si este se declaraba nulo, tal como sucedía con el deudor.

¿Quién podía acceder al concurso consecutivo?

Podían acceder al concurso consecutivo las personas físicas (tanto particulares como autónomos) insolventes y que cumplían los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad (estas condiciones también han experimentado cambios con la reforma de 2022).

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¿Cómo se desarrollaba el concurso consecutivo?

Para iniciar el concurso consecutivo, el juez designaba a un administrador concursal en el auto de declaración de concurso. Normalmente, dicho administrador era el mismo mediador concursal, que seguía con sus funciones como administrador del concurso.

Si el concurso había sido instado por el propio mediador, a la solicitud tenía que adjuntar un informe de administración concursal que podía ser impugnado por los acreedores. También presentaba, en el plazo de 10 días, un plan de liquidación y un pronunciamiento sobre el beneficio de exoneración del pasivo sin satisfacer.

También debían aportarse al concurso consecutivo otros documentos como el listado de acreedores o un inventario de la masa activa.

Con esta documentación, el administrador concursal estudiaba la situación del deudor e incidía sobre todo en aquellos aspectos que se debían tener en cuenta en el procedimiento. Especialmente importante era la reseña del mediador sobre el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

¿En cuánto tiempo se tramitaba el concurso consecutivo?

No se podía saber cuánto tiempo se tardaba exactamente en tramitar el concurso consecutivo, si bien, el procedimiento podía durar entre 3 y 7 meses de forma aproximada.

Hay que tener en cuenta que la duración del concurso dependía no solo de la carga de trabajo que tuviera el juzgado, sino también de la cantidad de bienes que integraban el patrimonio del deudor y la naturaleza de los mismos, siendo especialmente compleja si existían muchos bienes inmobiliarios.

Como ya hemos indicado antes, desde la reforma de 2022, ya no se habla de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, sino de exoneración del pasivo insatisfecho, sin más.

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ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
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