Las fases de la Ley de la Segunda Oportunidad

Las fases de la Ley de la Segunda Oportunidad

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Sobreendeudarse pidiendo nuevos préstamos no es precisamente una buena solución cuando se tienen deudas que no se pueden pagar. La mejor opción es conseguir la eliminación de las deudas, a través del mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad. Te contamos cómo se desarrolla el procedimiento.

¿Cuáles son las fases del procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad?

Hasta la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad del año 2022, el procedimiento era más complejo. Esto se debía a que, antes de acudir al juzgado, el deudor tenía que intentar un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores.

Desde la citada reforma, se puede acudir directamente al juzgado. Por lo tanto, en la actualidad, las fases del procedimiento son las siguientes:

Solicitud de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho

El procedimiento comienza cuando el deudor presenta la solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) en el juzgado de lo mercantil (con independencia de que sea autónomo o particular).

Es importante que el escrito sea claro, pero suficientemente detallado, de forma que explique bien la situación del deudor: el tipo de insolvencia en la que se encuentra (que puede ser actual o inminente), que cumple los requisitos para conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho y los ingresos con los que cuenta.

También es fundamental que a la demanda se acompañen los documentos que sirvan para acreditar todo lo explicado en el escrito.

Concesión de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho

Una vez comprobado que el deudor cumple los requisitos, el juez concederá la exoneración del pasivo insatisfecho mediante auto. Existen tres formas de obtener la exoneración, a elección del deudor:

  • Insuficiencia de masa activa (IMA). Si el deudor no tiene bienes liquidables o insuficiencia para plan de pagos, y no tiene activos (viviendas, parkings, vehículos, planes de pensiones, participaciones en empresas…) podrá cancelar sus deudas totalmente.
  • Con liquidación de la masa activa. Esta opción supone que el deudor tiene que deshacerse de sus bienes, pero obtendrá la cancelación de todas sus deudas desde el primer momento.
  • Con un plan de pagos. En este otro caso, el deudor eliminará en principio solo parte de sus deudas, y atenderá al resto a través de un plan de pagos que, según el caso, podrá durar 3 o 5 años. No obstante, oficialmente dejará de ser deudor desde el comienzo, ya que no tendrá deudas impagadas.
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¿Qué ocurrirá durante el procedimiento?

Una vez iniciado el procedimiento, el deudor tendrá ventajas muy importantes:

  1. Se paralizarán todos los embargos que estuvieran ya vigentes sobre sus bienes patrimoniales, y no se podrán ordenar embargos nuevos hasta que finalice el proceso. Una vez concluido este, la medida se hará definitiva si el deudor ha conseguido la exoneración del pasivo insatisfecho.
  2. Las deudas dejarán de acumular intereses y recargos en tanto dure el procedimiento.

¿Tienes deudas que no puedes pagar? Podemos ayudarte

Si tienes deudas que no puedes pagar, la mejor solución es conseguir la cancelación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad. Por ello, es importante que nos cuentes cuál es tu caso, para que sepamos si cumples los requisitos para acogerte a este mecanismo y cuál sería la mejor estrategia procesal en tu caso.

¿Imaginas empezar de nuevo, sin deudas? La Ley de la Segunda Oportunidad hace que sea posible.

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ESCRITO POR:
Fina Salazar
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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