¿Qué documentación se necesita para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

¿Qué documentación se necesita para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

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La Ley de la Segunda Oportunidad es la vía legal para obtener la exoneración de deudas por causa de insolvencia, cuando el deudor es una persona física. Ahora bien, para ello es necesario cumplir unos requisitos, y para acreditarlos hay que presentar una serie de documentos que indicamos en este artículo.

¿Qué documentos hay que presentar para solicitar la cancelación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad?

Los documentos que se deben presentar para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, de forma general, son los siguientes:

  • Memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor.
  • DNI o NIE, siendo suficiente una fotocopia por delante y por detrás.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Libro de familia, en su caso.
  • Informe de vida laboral, actualizado.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Las tres últimas nóminas o pensiones.
  • La declaración de la renta de los tres últimos años.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria.
  • Nota simple del registro de la propiedad de la vivienda, aunque el deudor no sea el propietario.
  • Contrato de arrendamiento, si se vive de alquiler.
  • Un listado de deuda actualizada.
  • Relación de los gastos mensuales estimados: alquiler, luz, agua, comida, etc.
  • Documentos del vehículo, en caso de tener uno.
  • Inscripción del matrimonio en el registro civil, si se está casado, y del divorcio, si se está divorciado.
  • Sentencia de divorcio y convenio regulador si se tiene, en el caso de las personas divorciadas.
  • En caso de tener procedimientos en curso, indicación del número de procedimiento, del juzgado, del acreedor demandante y de las cuantías y las costas reclamadas.
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Los autónomos tendrán que presentar, junto a los documentos anteriores que correspondan según el caso, los siguientes:

  • Los tres últimos recibos de la cuota de autónomos.
  • Certificado del alta en el RETA de la Seguridad Social.
  • Certificado del alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios.
  • Las tres últimas declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303). En el caso de Canarias, del IGIC (modelo 420 o 421).
  • Las tres últimas declaraciones trimestrales del IRPF (modelo 130 o 131).
  • Escrituras de constitución de la sociedad, si está a nombre propio.
  • Listado de trabajadores a cargo, en su caso.

Como puedes comprobar, para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad hay que reunir un número importante de documentos.

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Sin embargo, en Abogados Para Tus Deudas sacamos la documentación por ti, por lo que una de las ventajas de dejar tu caso en nuestras manos es que te ahorramos todos los trámites que te supondría obtener toda la documentación necesaria para iniciar el procedimiento.

Además, en nuestro despacho hemos ayudado ya a cientos de deudores a superar su situación de sobreendeudamiento, gracias al mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad, y somos líderes en nuestro sector. Si tú también quieres empezar una nueva vida sin deudas, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos gratuitamente.

ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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