Cuando las deudas se acumulan y resulta imposible hacerles frente, muchas personas se preguntan si pueden “declararse insolventes” para dejar de pagar. Pero ¿es eso realmente posible? ¿Qué pasa si además se tiene una nómina? ¿Se pierde el derecho a acogerse a soluciones legales como la Ley de la Segunda Oportunidad?
En este artículo te explicamos de forma sencilla cómo funciona el proceso y por qué tener ingresos no impide necesariamente acceder a la exoneración de deudas.
¿Puede una persona declararse insolvente por sí misma?
Lo primero que hay que aclarar es que una persona no puede declararse insolvente por su cuenta, como si fuera una decisión unilateral. La insolvencia es una situación económica que debe demostrarse y ser reconocida por un juez en el marco de un procedimiento específico: el de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Esta ley permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas si cumplen ciertos requisitos. Uno de los principales es estar en situación de insolvencia, lo que significa no poder hacer frente a las obligaciones de pago de forma regular.
Pero insistimos: no es una simple declaración personal, sino algo que debe acreditarse con documentación y que será evaluado por un juez, que decidirá si efectivamente se cumple o no ese requisito.
¿Importa si se tiene una nómina?
Tener una nómina no impide acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. De hecho, muchas personas con empleo fijo y sueldo estable se acogen a este mecanismo porque, aun con esos ingresos, no pueden cubrir todas sus deudas.
Lo que realmente se analiza es la capacidad de pago global: es decir, si los ingresos (como la nómina) son suficientes para hacer frente a los gastos básicos y, además, pagar las deudas. Si no lo son, y se demuestra que el nivel de endeudamiento es insostenible, se puede considerar que existe insolvencia.
Por tanto, la existencia de una nómina no es incompatible con el procedimiento, aunque puede influir en el tipo de plan de pagos que se proponga en función del caso.
¿Y si pudieras empezar de cero? La Ley de la Segunda Oportunidad lo permite
Si además de la insolvencia se cumplen otros requisitos legales (como no haber sido condenado por ciertos delitos durante un tiempo y haber actuado de buena fe, entre otros), el juez puede conceder la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). En otras palabras: la cancelación de las deudas por la vía de la Segunda Oportunidad.
Esta exoneración puede ser total o parcial, esto último porque el deudor puede decidir seguir un plan de pagos para una parte de sus deudas a cambio de cancelar el resto y mantener sus bienes. Pero en todos los casos supone un gran alivio y la posibilidad real de empezar de nuevo.
Si necesitas más información, no dudes en contactarnos. En Abogados Para Tus Deudas somos expertos en Ley de la Segunda Oportunidad, y nos encantaría conocer y examinar tu caso.
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