¿Conoces cuál es la diferencia entre deudor y acreedor? En este artículo te lo explicamos.
¿Qué diferencia hay entre un deudor y un acreedor?
Antes que nada, vamos a explicarte qué significa ser deudor.
Un deudor es todo aquel que tiene contraída una deuda con otra persona o una entidad y que legalmente está obligada a satisfacerla. Además, el deudor se comprometió a pagar esa deuda en un futuro, normalmente con la intención de obtener un bien o servicio determinado. Como añadido, esta deuda no tiene por qué ser económica, ya que puede ser también la prestación de un servicio en concreto o la entrega de un bien.
Por otro lado, tenemos al acreedor.
Un acreedor es justamente quien proporciona ese capital y exige al deudor el cumplimiento de los pagos tal como fue acordado en el momento de proporcionar el crédito. Este acreedor puede ser toda persona física o jurídica que tenga derecho a reclamar que se satisfaga una deuda pendiente.
Por lo tanto, queda patente que entre ambos tiene que haber, como requisito indispensable, una deuda y el compromiso de satisfacerla.
¿Qué pasa si no se paga la deuda?
Pueden darse muchas situaciones que impidan el pago con normalidad de las deudas. Son muchas las familias, autónomos y empresas que pasan cada año por dificultades económicas derivadas de la pérdida de un trabajo o por el fracaso de proyectos profesionales. Estos hechos las dejan totalmente vulnerables e insolventes. En muchos casos, los ingresos no son lo suficientemente elevados para seguir pagando las deudas y la manutención del núcleo familiar.
Ante esta situación, las entidades acreedoras, como titulares de un derecho de crédito, se encargan de exigir los pagos pendientes de estas deudas. Cuando se acumulan los impagos, estas entidades suelen iniciar una reclamación judicial que puede derivar en un embargo de bienes en un mayor plazo.
Ley de la Segunda Oportunidad
En estos casos de impagos, la Ley de la Segunda Oportunidad es la herramienta apropiada, ya que permite una solución con garantías al deudor. Este mecanismo va destinado a ayudar a particulares y autónomos insolventes y sobreendeudados que no pueden seguir pagando sus deudas debido a una situación económica difícil.
Con este mecanismo, las personas físicas insolventes que cumplen los requisitos pueden:
- Eliminar sus deudas.
- Evitar los embargos.
- Salir de los ficheros de morosos en los que aparezcan.
Existen distintas vías para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad:
- Con liquidación de bienes, obteniendo así la exoneración definitiva de todas las deudas desde el principio.
- Siguiendo un plan de pagos para hacer frente a una parte de las deudas, para así conservar los bienes, consiguiendo primero la exoneración provisional de las deudas canceladas y, una vez completados los pagos, la exoneración definitiva.
- La insuficiencia de masa activa (IMA), cuando no se tienen bienes que se puedan liquidar y tampoco hay posibilidades de seguir un plan de pagos.
Expertos en cancelación de deudas
En Abogados Para Tus Deudas somos expertos en cancelación de deuda con la Ley de la Segunda Oportunidad, y hemos ayudado ya a un gran número de deudores a terminar con sus deudas y empezar de nuevo.
Nuestro papel es acompañar al cliente durante todo el proceso, asesorándole sobre cuáles son sus mejores opciones de cara a eliminar sus deudas. También le ayudamos con todos los trámites a realizar para que todo llegue a buen puerto.
Además, nuestros abogados se encargan de intermediar con los bancos para conseguir un acuerdo que beneficie y defienda los intereses del representado. Otra de nuestras funciones es gestionar todas las llamadas de las financieras. A su vez, eliminamos los datos de todas las listas de morosidad para que empezar de cero sea una realidad.