Hoy en día, el uso de la tarjeta de crédito es muy habitual. Muchos hogares españoles se ven obligados a usar este tipo de tarjetas para llegar a fin de mes y hacer frente a sus gastos porque no ven otra opción posible, aunque se trate de una práctica muy desaconsejable.
Si este es tu caso, es relativamente fácil que las deudas hayan empezado a acumularse en tu tarjeta de crédito.
Esto puede terminar por generar deudas que no puedas pagar. Te interesará saber entonces que tus obligaciones de pago respecto a estas deudas prescriben.
¿Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito? ¿Qué pasa si dejo de pagar una tarjeta de crédito en España? ¿Me pueden embargar por no pagar una tarjeta de crédito?
Contestamos a estas preguntas.
Prescripción de deuda de una tarjeta de crédito
Como hemos adelantado, todas las deudas tienen un plazo de prescripción. Es decir, que nuestra obligación de pago respecto a esas deudas puede caducar. A partir de entonces, nadie nos podrá reclamar ese dinero.
Estos plazos de prescripción están regulados por la ley. Normalmente oscilan entre los 3 y 15 años, dependiendo del tipo de deuda.
En el caso de las tarjetas de crédito, actualmente el plazo de prescripción de la deuda es de 5 años, ya que se aplica el plazo general de prescripción para aquellas acciones que no cuentan con un plazo especial del artículo 1964.2 del Código Civil.
Este plazo de 5 años en concreto existe desde la reforma del Código Civil producida en octubre de 2015. En esta reforma, se pasó de un plazo de prescripción de 15 años a los actuales 5 años. En el siguiente enlace se puede consultar esta modificación del artículo 1964 del Código Civil.
De esta forma, y de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo número 29/2020, de 20 de enero, el plazo de prescripción de la deuda de una tarjeta de crédito queda así:
- Las tarjetas de crédito contratadas después del 7 de octubre de 2015 tienen un plazo de prescripción de 5 años.
- Las tarjetas de crédito contratadas entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015 prescriben el 7 de octubre de 2020. De este modo, ninguna tarjeta de este periodo se ve afectada por tener un plazo de prescripción mayor a los 5 años desde la aprobación de la reforma.
- Las tarjetas de crédito contratadas antes del 7 de octubre de 2005 tienen un plazo de prescripción de 15 años. Esto es así porque estas deudas nunca pasarán de los 5 años respecto a la aprobación de la reforma, por lo que no entran en conflicto con esta.
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Requisitos para que prescriba una deuda
La entidad bancaria no podrá reclamar la deuda de la tarjeta de crédito una vez pasado el plazo de prescripción estipulado en el Código Civil. Aunque para que prescriba esta deuda, no solo tiene que pasar el tiempo estipulado, sino que tienen que darse dos condiciones más.
En primer lugar, se requiere que la entidad bancaria no haya ejercido ninguna acción, judicial ni extrajudicial, reclamando la deuda. Esta acción puede ser simplemente el envío de una carta o el requerimiento notarial exigiendo el pago.
La otra condición es que el deudor no haya reconocido ni aceptado que tiene una deuda pendiente de pago, de ninguna forma.
Si se cumplen estos dos requisitos y ha pasado el tiempo estipulado, la entidad bancaria habrá perdido todo el derecho a reclamar la deuda. Por otro lado, lo habitual es que el banco no deje pasar ese plazo de prescripción, e incluso inicie acciones judiciales para reclamar el pago de la deuda. En ese momento, se paralizará la prescripción de la deuda.
Por lo tanto, lo más habitual es que las deudas de la tarjeta de crédito no lleguen a prescribir nunca por interrumpir esta prescripción las entidades financieras al hacer reclamaciones judiciales y extrajudiciales.
Reclamación de la deuda de la tarjeta de crédito
Si tenemos una deuda con impagos en nuestra tarjeta de crédito, no es aconsejable esperar a que se cumpla el plazo de prescripción para no pagarla.
Si dejas de pagar una tarjeta de crédito el banco empezará a reclamar la deuda, pudiendo llegar a un procedimiento judicial por el que reclame el pago. En última instancia, pueden solicitar judicialmente que te embarguen por no pagar la deuda de la tarjeta de crédito.
Cuando empiecen a reclamar la deuda la prescripción quedará paralizada. El procedimiento judicial para reclamar la deuda se denomina juicio monitorio, y se trata de un procedimiento donde se reclama el pago de una deuda dineraria cuyo plazo de pago ha transcurrido.
A través juicio monitorio, la entidad bancaria buscará agilizar el cobro del pago de la deuda de la tarjeta de crédito. Si el deudor no paga durante los siguientes 20 días hábiles a la notificación del juzgado, se declarará el proceso terminado. En ese momento, la entidad bancaria podrá pedir la ejecución de la cantidad de dinero exigida mediante el embargo de bienes, nóminas, cuentas corrientes, etc.
También es posible oponerse al juicio monitorio, alegando que no se han aportado los documentos que justifican la realidad de los cargos.
Si tienes deudas con impagos en tu tarjeta de crédito, ponte en contacto con nosotros en el 930 502 305 y te ayudaremos.
Ley de la Segunda Oportunidad: otra formar de no pagar la deuda de la tarjeta de crédito
La forma más común de terminar con una deuda es pagando la cantidad acordada. Otra manera explicada aquí es que prescriba la deuda, pero ya hemos visto que es algo muy poco probable que puedas acogerte a esta opción.
Existe también una tercera vía para terminar con la deuda: por insolvencia del deudor.
Si eres insolvente, quizás puedas pedir la eliminación de la deuda de tu tarjeta de crédito. Esto es lo que se conoce como la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal que permite a cualquier persona insolvente que cumpla con los requisitos reducir o eliminar sus deudas.
Ponte en contacto con nosotros en el 930 502 305 e infórmate gratis sobre esta normativa que quizás te permita decir adiós a todas tus deudas con impagos.