¿Cómo hace la notificación de embargo el juzgado?

¿Cómo hace la notificación de embargo el juzgado?

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No se puede producir un embargo judicial sin notificación, ya que el deudor tiene unos derechos y se le tiene que brindar la oportunidad de ejercerlos. Por ello, en este artículo vamos a explicar cómo se notifica el embargo por parte del juzgado.

¿Cómo notifica un embargo el juzgado?

Como hemos visto, no es posible un embargo judicial sin notificación, el juzgado debe notificar el embargo por correo ordinario y con acuse de recibo, por lo que se entrega al deudor personalmente en su domicilio, y este tiene que presentar su DNI para recoger la notificación.

Debemos recordar que si se ha llegado a este punto, es porque ha habido un procedimiento judicial anterior, que suele ser un proceso monitorio. Es decir: no se puede producir embargo alguno si no lo ha autorizado el juez (salvo si se trata de un embargo administrativo), ya que el acreedor no puede embargar directamente.

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¿Qué ocurre si no se localiza al deudor al notificarle el embargo?

Si el deudor no es localizado al intentar notificarle el embargo, porque no se encuentra en su domicilio en ese momento, se le dejará una notificación de entrega, solicitándole que acuda a la oficina de Correos más próxima.

En caso de que el deudor no recoja la notificación en Correos, finalmente se publicará su nombre en el BOE, y se le tendrá por notificado de esta forma. Por lo tanto, de nada sirve negarse a recoger la notificación en el domicilio o no hacerlo después en Correos.

Como hemos explicado, finalmente se considerará que la persona ha sido notificada al publicar su nombre en el BOE. A partir de ese momento, el embargo seguirá su curso con normalidad, por lo que tratar de eludir la notificación del juzgado no evitará las consecuencias del impago de la deuda.

Si tienes deudas, no intentes eludirlas: consulta si reúnes los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad

Ya hemos visto que no dará resultado alguno no recoger la notificación del juzgado, ya que ello no va a evitar que el embargo termine por ejecutarse. Por ello, en caso de tener deudas que no se puedan pagar, la mejor solución es asesorarse sobre los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Se trata de un mecanismo legal que permite que aquellas personas físicas insolventes, ya sean particulares o autónomos, y que reúnen una serie de condiciones básicas, obtengan la exoneración judicial de sus deudas. Además, de esta forma evitan los embargos y sus datos tienen que ser borrados de los ficheros de morosos en los que aparezcan.

En Abogados Para Tus Deudas somos expertos en cancelación de deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad, con la que hemos conseguido que cientos de personas terminen al fin con sus deudas y puedan empezar una nueva vida. Para más información, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos gratis y sin compromiso.

ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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