¿Cuándo prescribe una deuda hipotecaria?

¿Cuándo prescribe una deuda hipotecaria?

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Las deudas, ya sean hipotecarias, por préstamos o tarjetas de crédito, o las consideradas deudas públicas, tienen fecha de prescripción desde el día en el que se generan. En este artículo te explicamos cuándo prescribe concretamente una deuda hipotecaria y en qué situaciones puede verse interrumpido ese plazo.

Plazos de prescripción de las deudas hipotecarias

La respuesta de cuándo prescribe una deuda hipotecaria es que esta desaparece pasados los 20 años desde la fecha de vencimiento. Esto significa que el acreedor pierde el derecho a exigir el pago de esta deuda. Todo ello viene recogido y regulado en el artículo 1964.1 del Código Civil.

Sin embargo, para que se produzca la prescripción, se tienen que cumplir estos requisitos:

  • Que la parte acreedora no haya realizado ninguna reclamación judicial o extrajudicial durante este tiempo. Por ejemplo, que no haya notificado al deudor o haya presentado un requerimiento notarial para exigir el pago de la deuda.
  • Que el deudor no haya admitido de alguna manera la existencia de la deuda.

En caso contrario, el deudor deberá realizar los pagos tal como se acordó en el momento de la concesión de la deuda hipotecaria. La cancelación de esta deuda se podría hacer simplemente con presentar una instancia ante el registro de la propiedad una vez pasado el plazo de 20 años. Así lo resume la el artículo 128 de la Ley Hipotecaria.

Por lo tanto, en la práctica es casi imposible lograr la prescripción de una deuda hipotecaria. Es extremadamente improbable que una entidad financiera no reclame en ningún momento el pago de la deuda y que no inicie la ejecución hipotecaria, momento a partir del cual, el plazo de prescripción quedaría interrumpido.

Y es que es importante distinguir entre prescripción y caducidad de una deuda. Como hemos visto, la prescripción se interrumpe cada vez que el acreedor hace un requerimiento de pago, lo que hace que se reinicie el plazo de 20 años cada vez.

Cancela tu hipoteca con la Ley de la Segunda Oportunidad

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¿Cómo cancelar deudas hipotecarias?

Como hemos podido ver, para que las deudas hipotecarias prescriban, debe pasar un largo periodo de tiempo. Además, depende de dos factores que muy probablemente no se cumplan.

Debemos entender que este tipo de deudas están totalmente estandarizadas en los sistemas informáticos de los bancos actuales. Por ello, es realmente difícil que los acreedores no reclamen las cuotas de la deuda en cuestión.

Sin embargo, existe la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo dirigido a deudores insolventes que permite la cancelación de deudas.

Tenemos que explicar que las deudas hipotecarias no se cancelan con la Ley de la Segunda Oportunidad (ya que las deudas con garantía real no se exoneran), por lo que la vivienda se va a ejecutar en caso de impago. No obstante, si al enajenar el inmueble no se obtiene dinero suficiente para saldar la deuda, aquella parte de la deuda que siga quedando sí se podrá eliminar con la Ley de la Segunda Oportunidad.

Así las cosas, este procedimiento sirve para liberarse de la deuda hipotecaria en última instancia, así como para cancelar las demás deudas que se hayan acumulado y que sean exonerables (lo son la mayoría de las deudas, salvo algunas excepciones contenidas en el artículo 489 de la Ley Concursal).

De este modo, junto a la deuda remanente después de la ejecución hipotecaria, el deudor puede verse exonerado del pago de otras muchas deudas, procedentes por ejemplo de  créditos, préstamos, tarjetas y las deudas con la Seguridad Social y Hacienda (estas deudas administrativas se pueden cancelar con ciertos límites).

Cancelar las deudas sin perder tu vivienda

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no supone necesariamente perder la vivienda en cuestión, ya que el deudor puede solicitar seguir un plan de pagos para pagar parte de sus deudas, y así mantener sus bienes. La otra opción es liquidar todos los bienes, a cambio de cancelar todas las deudas.

Por otro lado, es importante saber que al iniciar el procedimiento, se paralizan los embargos en vigor y no se pueden ordenar nuevos embargos. De forma que al solicitar la exoneración de tus deudas, estarás evitando también el embargo de tu vivienda, en su caso.

Si te encuentras ahogado por tu deuda hipotecaria hasta el punto de no poder llegar a fin de mes, esta es tu mejor opción. Si deseas más información acerca del procedimiento, no dudes en llamarnos al 930 502 305 o mediante nuestro formulario de contacto. Te asesoraremos gratuitamente.

ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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