¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

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Recibir una notificación de juicio monitorio puede generar preocupación, sobre todo si no se sabe bien qué supone o cómo actuar. Este procedimiento, habitual en reclamaciones de deudas, permite al acreedor exigir el pago de una cantidad económica de forma rápida y sencilla. Sin embargo, el deudor también tiene derechos y plazos concretos para ejercerlos.

En este artículo explicamos cuál es el plazo con el que cuentas si te llega la notificación de un monitorio y te planteas presentar oposición.

¿Qué plazo tengo para oponerme a un juicio monitorio?

Desde que recibes la notificación judicial requiriéndote al pago en un proceso monitorio, cuentas con 20 días hábiles para presentar tu oposición si no estás de acuerdo con la deuda que se reclama.

Al ser días hábiles, no cuentan sábados, domingos ni días festivos para la sede judicial. Por otro lado, es muy importante tener claro que el plazo empieza a contar desde el día en que se produce la notificación.

En caso de oposición, deberás presentar un escrito con tus argumentos y pruebas ante el mismo juzgado que te ha enviado la notificación. Si la cuantía es superior a 2.000 euros, necesitarás abogado y procurador.

Durante esos 20 días, puedes oponerte si considera que no debes la cantidad reclamada, total o parcialmente, pero también puedes:

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La Ley de Segunda Oportunidad: un camino para empezar de cero sin deudas

Si tienes deudas y no puedes afrontarlas, quizá no sea suficiente con oponerte a un monitorio concreto. En estos casos, existe un mecanismo legal pensado para personas en situación de insolvencia: la Ley de Segunda Oportunidad.

Este procedimiento, que se sigue ante el juzgado de lo mercantil, permite cancelar total o parcialmente las deudas si se cumplen ciertos requisitos, como estar en situación de insolvencia y actuar de buena fe, entre otros.

La Ley de Segunda Oportunidad puede ser una vía real para empezar de nuevo sin deudas, pero conviene valorar bien cada caso y contar con asesoramiento profesional.

En Abogados Para Tus Deudas tenemos años de experiencia en exoneración de deuda por esta vía, lo que nos ha permitido ayudar a muchos deudores a ponerse al día. Cuéntanos tu caso y te asesoraremos.

ESCRITO POR:
María García
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2025)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2025)

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