Diferencia entre suspensión de pagos y concurso de acreedores

Diferencia entre suspensión de pagos y concurso de acreedores

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Seguro que has escuchado hablar de la suspensión de pagos y del concurso de acreedores. Son dos términos muy relacionados con la insolvencia de una empresa, y por ello es importante diferenciar entre ambos.

A continuación, te explicamos la diferencia entre suspensión de pagos y concurso de acreedores.

¿En qué consiste un concurso de acreedores?

Un concurso de acreedores es un proceso destinado a entidades que, debido a una situación de insolvencia actual o inminente, no pueden continuar pagando sus deudas y cumpliendo con sus obligaciones con una frecuencia normal.

Para iniciar este proceso, existen dos vías principales que suelen depender del motivo por el que se solicita. Se trata de las siguientes:

  • El deudor inicia el proceso de forma voluntaria al detectar una situación de insolvencia. Por ley, cualquier entidad que conozca su situación de insolvencia tiene la obligación de solicitar el concurso de acreedores en un plazo máximo de dos meses.
  • La otra vía se da en sociedades, cuando uno de los socios se muestra disconforme con la gestión administrativa de la empresa y solicita el concurso de acreedores para poner fin a esta situación. En estos casos, los efectos son mucho más notables, ya que el poder administrativo pasa a manos de la administración concursal, que se encargará de gestionar la empresa durante el procedimiento.

¿Qué es una suspensión de pagos?

Cuando hablamos de suspensión de pagos, nos referimos a la situación en la que una empresa se declara incapaz temporalmente para continuar cumpliendo con los pagos a sus acreedores. Estos casos se debe a una falta de liquidez que hace imposible seguir pagando las deudas de forma normal.

Los requisitos para que una empresa se pueda declarar en suspensión de pagos de forma legal son:

  • Haber acreditado poder seguir pagando las deudas en un futuro.
  • Tener un acuerdo con los acreedores

De esta forma, la suspensión de pagos hace referencia mayoritariamente a la falta de liquidez, ya que la empresa puede disponer de activos con un valor superior al de la deuda, pero es posible que aun así sea incapaz de pagarla.

Para revertir esta situación, las empresas optan por intentar cobrar pagos pendientes de sus clientes, o la venta de parte del patrimonio.

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¿Cuál es la diferencia entre concurso de acreedores y suspensión de pagos?

La principal diferencia entre ambos conceptos reside en la temporalidad. Mientras que un concurso de acreedores contempla una falta de liquidez indefinida, la suspensión de pagos es un recurso transitorio que tiene una duración determinada en el tiempo.

La suspensión de pagos suele solucionarse con un acuerdo con las entidades acreedoras, para conseguir ampliar los plazos o modificar las condiciones de los pagos. Es decir, se flexibilizan los pagos. Esto permite al deudor ganar tiempo para reunir la liquidez necesaria para continuar pagando las cuotas.

Por lo que respecta al concurso de acreedores la situación de la empresa es mucho más delicada, puesto que está en riesgo la continuidad de su actividad a corto y largo plazo. Un concurso de acreedores puede ser la continuación de una suspensión de pagos, si así lo solicita deudor o los acreedores.

¿Cómo puede ayudarme la Ley de la Segunda Oportunidad?

Si tu situación económica te ha llevado a plantearte el concurso de acreedores, es posible que la Ley de la Segunda Oportunidad sea una buena opción en tu caso.

Debes tener en cuenta, eso sí, que no se aplicará a las deudas de tu empresa, sino a aquellas que hayas contraído tú como particular o como autónomo (precisamente, para las deudas de la empresa están el concurso de acreedores y la suspensión de pagos).

Con la Ley de la Segunda oportunidad se pueden cancelar las deudas pendientes, obteniendo la exoneración del pasivo insatisfecho, a través de dos vías:

  • La exoneración definitiva con liquidación de la masa activa, que consiste en eliminar todas las deudas a cambio de enajenar el patrimonio.
  • La exoneración provisional mediante plan de pagos, en cuyo caso se cancela parte de las deudas y se sigue pagando el resto, durante un plazo de 3 o 5 años, según el caso. De este modo, se puede mantener la vivienda habitual, entre otros bienes.

¿Cómo podemos ayudarte en Abogados para tus Deudas?

En el equipo de Abogados para tus deudas somos especialistas en Ley Concursal, y hemos trabajado con la Ley de la Segunda Oportunidad desde nuestros inicios. Nuestros abogados serán tus asesores durante el proceso, ayudándote a sacar el máximo partido de una ley que defiende tus intereses. Podemos conseguir la exoneración de tus deudas sin perder tu vivienda y sin perder tampoco tu coche en el proceso.

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ESCRITO POR:
María García
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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