En el momento en que una persona contrae una deuda, se compromete a cumplir con una contraprestación. Sin embargo, hay determinados casos en los que se puede obtener la exoneración de una deuda. Lo explicamos a continuación.
¿En qué consiste la exoneración de una deuda?
Que te exoneren una deuda significa, simplemente, que se te libere de su pago. Es decir, se trata de una deuda que originalmente existía y cuyo pago se podía exigir, pero que tras su exoneración el deudor queda eximido de tener que pagar.
No hay que confundir la exoneración con la quita, que es la condonación de una parte de una deuda. Por ejemplo, si un fondo buitre exige el pago de una deuda, el deudor puede intentar negociar una quita. Como estas entidades adquieren las deudas a un precio muy inferior a su valor total, que es lo que le reclaman luego al deudor, es habitual que acepten estas quitas, ya que igualmente obtienen mucha rentabilidad.
¿Cómo se obtiene la exoneración de una deuda?
Existen distintas formas de conseguir la exoneración de una deuda. Como es obvio, una forma de obtenerla es directamente del acreedor, pero esto prácticamente es inviable a no ser que se trate de una persona del entorno cercano (un familiar u otro allegado).
En otros supuestos, resulta más realista pensar en todo caso en una quita, si bien habría que analizar cada caso concreto para ver si, por alguna razón particular, también habría ciertas posibilidades de conseguir la exoneración.
Ahora bien, hay otras fórmulas legales para conseguir la exoneración de una deuda, sin que tenga que concederla el propio acreedor. En el caso de las personas físicas consistiría en acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal cuyo nombre real es exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a las personas físicas (particulares y autónomos) que son insolventes y cumplen unos requisitos básicos conseguir la cancelación judicial de sus deudas. De este modo, además, evitan los embargos y sus datos tienen que ser borrados de los ficheros de morosos.
Para solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho, tan solo hay que presentar un escrito en el juzgado de lo mercantil competente.
Por otro lado, las personas jurídicas también pueden ver exoneradas aquellas deudas que no puedan pagar, también por estar en situación de insolvencia. En este caso, el mecanismo previsto es el concurso de acreedores (en realidad, la EPI es una modalidad de concurso de acreedores para personas físicas, con su propia regulación).
La finalidad del concurso de acreedores es que los acreedores puedan cobrar, en la medida de lo posible, y en función de la clasificación que tengan sus créditos, además de que la empresa pueda continuar con su actividad. Pero aquellas deudas que realmente no alcancen a pagar pueden ser exoneradas judicialmente.
Para solicitar el concurso de acreedores también hay que presentar la solicitud en el juzgado de lo mercantil competente.
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