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¿Cómo saber si tengo deudas con Hacienda?

¿Cómo saber si tengo deudas con Hacienda?

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Todo contribuyente debe conocer si tiene o no tiene una deuda pendiente con Hacienda y, en caso de que la respuesta sea positiva, realizar el correspondiente pago. Para ello, hay varias formas de consultar dicha información, aunque Internet continúa posicionándose como la mejor alternativa por ser mucho más rápida y cómoda.

En caso de no poder afrontar la deuda con Hacienda, existen también otras soluciones como la Ley de la Segunda Oportunidad, que permite eliminar una parte y fraccionar la otra con un plan de pagos.

Cómo saber si tengo deudas con Hacienda

Aunque se crea que no se tiene ningún tipo de deuda, siempre es recomendable consultar, por cualquiera de los medios disponibles que tiene Hacienda, para asegurarse de que, efectivamente, no hay ningún pago pendiente.

En caso de tenerlo, hacer el correspondiente pago antes de que la situación se complique y se vuelva más compleja para el contribuyente, pudiendo acabar en un embargo por parte de Hacienda en última instancia.

Como hemos visto, de entre las múltiples opciones disponibles, la opción de hacer la consulta por Internet es una de las más recomendables y sencillas. Para ello, el interesado debe ingresar a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y allí acceder a la categoría que se llama “Consultar deudas”.

Por supuesto, para hacer este tipo de consulta online, el interesado deberá acceder a la Sede Electrónica mediante alguno de los métodos de identificación aceptados por las autoridades: certificado digital, Clave Pin o DNI electrónico.

Al contar con cualquiera de las acreditaciones anteriores, la persona simplemente deberá seguir los siguientes pasos:

  • Acceso al sistema mediante cualquiera de las opciones de certificado digital DNI electrónico o Clave Pin.
  • Después de haber ingresado, se mostrará el DNI o número de identificación de la persona. Si es correcto, se deberá pulsar en la palabra “continuar”.
  • De forma inmediata se mostrará toda la información requerida: deudas relativas a la clave de liquidación, objeto tributario, importe pendiente, importe total, período y la situación o estatus actual del contribuyente.
  • Si la persona desea obtener más detalles, simplemente deberá pinchar en “Clave de liquidación”.
  • Si desea obtener la carta de pago, deberá pinchar en el apartado “Obtener carta de pago”. En el caso de obtener la carta de pago, es recomendable primero leer toda la información y si la misma es correcta, pulsar la palabra “aceptar”.  De esta forma, la carta se descargará automáticamente.

En caso de que la persona que hace la consulta tenga alguna deuda con Hacienda, el sistema facilita el pago de la misma. Para ello, deberá seleccionar el método de pago que va a utilizar para saldar la deuda.

El pago se puede realizar directamente en la entidad bancaria o enlazando a la pasarela de pagos para hacerlo de forma rápida e inmediata.

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En el caso de que la persona decida hacer el pago directamente en la entidad bancaria, deberá descargar primero el documento de ingreso en PDF e imprimirlo.

Por otro lado, para hacer el pago directamente, es importante destacar que en el caso del adeudo a cuenta bancaria solo está disponible para los usuarios que ingresen al sistema mediante Cl@ve Pin o DNI electrónico, mientras que el uso de tarjetas de débito o crédito, sólo está habilitada para las personas que ingresen al sistema con DNI electrónico y certificado digital.

Por otro lado, y siempre dependiendo de la situación de cada persona, el sistema puede permitir la emisión de una única carta de pago para todas las deudas pendientes, en vez de una carga para cada una de las deudas.

Comprobación vía presencial

Si bien la comprobación online es la forma más rápida y sencilla de saber si se tiene una deuda con Hacienda, es fundamental disponer de alguno de los métodos de identificación aceptados por el Estado.

Cuando la persona no dispone de cualquiera de esos métodos, la única opción es la comprobación de la deuda de forma presencial.

En este caso, lo más recomendable es acudir a la oficina de Hacienda que esté más cercana al domicilio de la persona interesada, pero para ello se debe solicitar una cita previa porque de lo contrario no le atenderán.

Por otro lado, este método de consulta es considerablemente más lento que la opción telemática, pero es la mejor alternativa para los que no disponen de medios para hacer la consulta online.

Para la consulta presencial se debe concertar una cita previa y acudir puntualmente el día y hora indicado. Junto a ello no hay que olvidarse de llevar la documentación exigida y es recomendable anotar las preguntas que se le deseen hacer al funcionario.

Cómo cancelar las deudas pendientes

El pago de la deuda o de las deudas pendientes es sumamente sencillo. En caso de haber hecho la consulta online, es posible hacer el pago directamente en la sede electrónica utilizando una tarjeta de débito, crédito o mediante abono de la cuenta.

También se puede cancelar la deuda haciendo un pago de forma directa en una entidad bancaria. En ese caso, se deberá llevar al banco el documento impreso de la deuda y seguir las indicaciones del operador.

Después de haber cancelado la deuda, es recomendable solicitar un certificado de estar al corriente de pago, que se puede solicitar por vía presencial, para lo que es necesario pedir una cita previa, así como también vía telemática.

Para ello, el interesado deberá ingresar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, ya sea mediante certificado digital, Clave Pin o DNI electrónico y simplemente obtener la Carta de Pago. Después de leerla, deberá descargarla a sus archivos y si desea, imprimirla para tenerla en físico.

El certificado de estar al corriente de pagos es sumamente importante, porque es el documento que certifica que no se tiene ningún tipo de deuda con la Agencia Tributaria.

Es recomendable hacer este tipo de consulta, al menos una vez al año y en caso de poseer alguna deuda, proceder a cancelarla lo más rápido posible, para lo cual se disponen de dos medios: la vía telemática y la vía presencial.

Cualquiera de los dos métodos de consulta son sumamente sencillos de utilizar y la principal diferencia se basa en la rapidez con la cual se obtiene dicha información.

Por supuesto, la alternativa más recomendable es el método online, pero el presencial también es una excelente alternativa para quienes no puedan o no quieran usar la sede electrónica de la agencia.

Cancelar las deudas cuando no puedes pagar

Cuando no puedes afrontar la deuda pendiente con Hacienda, es momento de acudir a la Ley de la Segunda Oportunidad.

La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar 10.000 euros de la deuda con Hacienda y fraccionar la otra parte según tu capacidad de pago.

En Abogados para tus deudas llevamos años ayudando a particulares, autónomos y empresarios a eliminar sus deudas. Nuestros casos de éxito nos avalan, ya hemos eliminado más de 13 millones de euros en deuda.

Para recibir asesoramiento gratuito y sin compromiso de un abogado experto, llámanos al 930 502 305 o rellena el siguiente formulario.

ESCRITO POR:
Elisabet de Vargas
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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