¿Cuánto tiempo tarda un concurso de acreedores voluntario?

¿Cuánto tiempo tarda un concurso de acreedores voluntario?

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Las consecuencias del coronavirus se están haciendo sentir profundamente en la economía, afectando duramente a todo tipo de negocios en España. Por ello, cada vez son más las empresas que optan por iniciar un concurso de acreedores con el fin de reconducir la situación de insolvencia en la que se encuentran.

El proceso como tal puede ser un procedimiento largo ya que consta de diversas fases. A continuación, te explicamos cuánto tiempo tarda un concurso de acreedores voluntario.

Concurso de acreedores, ¿un recurso necesario o voluntario?

Un concurso de acreedores es un mecanismo que permite a entidades deudoras insolventes la capacidad de poder renegociar las condiciones de las deudas con los acreedores. Como estas entidades no disponen liquidez para seguir pagando las deudas ni cumplir con sus obligaciones, se liquida el patrimonio de la empresa con el fin de satisfacer la mayor parte de deuda posible. Este procedimiento puede iniciarse por dos vías posibles: forzosamente o voluntariamente.

En ocasiones, cuando hablamos de empresas constituidas como sociedades, puede darse la situación de que uno de los socios solicite el inicio del proceso, debido a posibles discrepancias con la dirección administrativa de la empresa. En estos casos hablamos de concurso de acreedores necesario.

Otras veces la propia empresa, por acuerdo de todos los socios, decide empezar el procedimiento voluntariamente. Pero ¿cuánto tiempo tarda un concurso de acreedores voluntario?

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¿De qué fases consta el proceso?

Un concurso de acreedores cuenta consta de varias fases principales:

1. Fase común

Se materializa la solicitud de iniciar el procedimiento presentándose el Juzgado Mercantil correspondiente, donde un juez examinará el caso y se encargará de dar validez o rechazar la solicitud.

En este último caso, el deudor puede recurrir en reposición. A partir de aquí, se declara el concurso y judicialmente se nombra un administrador concursal. En un primer momento, esta figura se encargará de analizar la situación de la empresa y entregar posteriormente un informe que permitirá continuar con el proceso.

Además, se realizará una valoración de la masa activa (bienes, derechos y patrimonio) y pasiva clasificada de la compañía (deudas privilegiadas, generales, ordinarias y subordinadas).

2. Fase de convenio

Esta es la fase en la que deudor y acreedores presentarán una propuesta de convenio ante el Secretario Judicial al que se le asigne el caso.

Esta propuesta incluye quitas y esperas que reducen la cantidad de la deuda y permiten un reajuste de las cuotas para que la empresa pueda seguir ejerciendo su actividad con la máxima normalidad posible.

Además, se pueden incluir propuestas enajenación de bienes, que hagan factible el acuerdo. Esta propuesta se votará en una Junta de Acreedores donde, en caso de conseguir la mayoría, se aceptará las condiciones acordadas. Por último, el juez realizará una aprobación de este convenio haciéndolo efectivo.

3. Fase de liquidación

Tras la fase de convenio, si no se ha alcanzado ningún acuerdo en cuanto a las propuestas planteadas, se inicia la fase de liquidación. Esta fase, puede iniciarse en cualquier momento del proceso si lo desea el deudor.

La fase de liquidación recibe este nombre porque se vende todo el patrimonio del deudor con el fin de satisfacer la mayor cantidad de deuda como sea posible. El administrador concursal designado anteriormente se encargará de realizar este proceso, y para ello asumirá todas las facultades para administrar y gestionar los bienes en cuestión.

4. Fase de calificación

Tras llevar a cabo el proceso, se realiza una evaluación final a fin de determinar las causas que han llevado a la empresa a esta situación. El mismo administrador concursal junto con el Ministerio Fiscal calificarán el concurso como fortuito o culpable. En este último caso, se entiende que el deudor ha provocado o actuado de forma dolosa agravando la situación de insolvencia.

¿Cuánto tiempo tarda un concurso de acreedores voluntario?

Independientemente de si se inicia de forma voluntaria o forzosa, es fácil determinar los plazos de algunas fases, aunque la duración total es una incógnita. Esta depende de las particularidades de cada caso y, sobre todo, de la fase de liquidación de los bienes de la compañía.

En este sentido, por ley, todo deudor que tenga constancia de esta situación de insolvencia (bien porque ha perdido la liquidez y no puede pagar sus deudas, o bien, porque prevé que no va a poder hacerlo próximamente) tiene un máximo de dos meses para iniciar el procedimiento.

A partir de aquí, desde que se solicita la declaración del concurso e interviene el administrador concursal, puede durar entre tres y cuatro meses.

La fase de liquidación es la que ocupa un mayor periodo de tiempo, ya que dependerá de la venta de los bienes en cuestión. En este caso hablamos de una duración que puede variar desde unos pocos meses hasta años, llegando incluso a superar los 5 años en algunos casos.

La Ley de la Segunda Oportunidad, proceso para empresas y particulares

Aunque se suele asociar la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares, las empresas también pueden optar a esta ley con el fin de responder a los pagos de las deudas pendientes que no pueden seguir afrontando.

La Ley de la Segunda Oportunidad, recogida en el BOE y regulada por la Ley 25/2015 permite la reestructuración de deudas para todo tipo de deudores insolventes. Desde su creación en 2015 son muchos los que han decidido optar por este procedimiento, logrando cancelaciones parciales o totales de grandes sumas de deudas.

¿Cómo funciona la Ley de la Segunda Oportunidad?

Esta ley se simplifica en dos fases muy diferenciadas:

La primera, por vía extrajudicial, consiste en la negociación entre deudor y acreedores para lograr una reducción de las cuotas a través de la eliminación de una parte de la deuda a través de quitas. Además, se calendarizan los pagos en función de las necesidades del deudor.

La segunda, judicialmente, permite la exoneración total de las deudas con la liquidación de una parte o la totalidad de los bienes para satisfacer la mayor parte posible. En caso de insuficiencia de masa, se elimina el resto de la deuda.

El bufete de Abogados para tus Deudas te proporcionará toda la asesoría que se requiere en un proceso como este.

Por ello, nuestros abogados te acompañarán en todo momento para que sea un éxito y logres las nuevas cuotas que necesitas, o eliminar tus deudas por vía judicial a través de este mecanismo. Además negociarán por ti con los acreedores junto con el mediador concursal y se encargarán de que eliminen tus datos de todos los ficheros de morosidad donde figures.

ESCRITO POR:
María García
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Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Particulares (Actualizada 2023)
Documentación Ley de la Segunda Oportunidad Autónomos (Actualizada 2023)

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