Existen distintos tipos de deudas, y es importante conocer su clasificación para planificar la mejor estrategia dentro del proceso de Segunda Oportunidad.
A continuación, te contamos qué clasificación tienen las deudas y qué son los créditos ordinarios en particular.
Tipos de deuda
Las deudas se clasifican según el orden de cobro que tendrán en el proceso de Segunda Oportunidad, que es el siguiente:
- Crédito contra la masa.
- Crédito privilegiado.
- Crédito ordinario.
- Crédito subordinado.
En función del tipo de deuda que tengas, nuestros abogados diseñarán la estrategia adecuada para tener éxito en el proceso de Segunda Oportunidad. Porque no es lo mismo tener una deuda por un préstamo personal, que una hipoteca pendiente o deudas con la Seguridad Social. Cada caso es diferente, y requiere de la atención personalizada que le dedicamos en el despacho.
Si quieres saber qué tipo de deudas tienes, no dudes en llamar al 930 502 305 y te asesoraremos gratuitamente para resolver tus dudas, sin compromiso.
En Abogados Para Tus Deudas, llevamos años especializados en este proceso legal, y tenemos cientos de casos de éxito a nuestras espaldas, ayudando a todas las personas que necesitan salir de la bancarrota.
¿Qué son los créditos ordinarios?
Los créditos ordinarios son todos aquellos que no estén considerados créditos privilegiados y tampoco créditos subordinados, es decir, los que no tienen prioridad para ser cobrados ni tampoco se cobran en último lugar.
Los principales ejemplos de créditos ordinarios son los siguientes:
- Tarjetas de crédito.
- Préstamos personales.
- Préstamos financieros online y microcréditos.
- Préstamos preconcedidos.
- Reunificaciones de deudas sin vivienda como garantía.
- Deudas con proveedores.
- Facturas.
- Seguros.
Si has dejado de pagar alguna de estas deudas, y han aumentado por los intereses de demora, la parte proporcional de los intereses se considera crédito subordinado.
¿Cómo afecta a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad es de aplicación a prácticamente todo tipo de deudas, por lo que no es problema tener créditos ordinarios pendientes. Para acceder a esta ley, tan solo se necesita cumplir los requisitos básicos establecidos por la normativa.
Existen dos formas de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad:
- Con liquidación de la masa activa. Es decir, enajenando los bienes patrimoniales. De este modo, se eliminan todas las deudas desde el primer momento.
- Siguiendo un plan de pagos. Si se elige esta opción, de momento se cancela parte de las deudas, y se continúa pagando el resto. Pero, desde el principio, se deja de ser deudor. Además, permite conservar la vivienda habitual.
Pues bien: con independencia de la modalidad escogida, podrías eliminar tus créditos ordinarios. La forma en la que debas de acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad va a depender de cuál sea tu situación y tus intereses.
Te asesoramos gratuitamente
Si quieres saber qué tipo de deudas tienes y cómo podrías eliminarlas, llámanos al 930 502 305 y te ayudaremos a encontrar la mejor solución legal.
En Abogados Para Tus Deudas estamos completamente especializados en la cancelación de deudas, y llevamos años eliminando las deudas de personas que lo necesitan.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros; te atenderemos gratuitamente y sin compromiso.