Ante graves dificultades o la imposibilidad de hacer frente a la totalidad de una deuda, una de las soluciones que se plantean es la quita. Descubre a qué se refiere esta medida y en qué casos suele darse.
¿En qué consiste la quita de una deuda?
La quita de una deuda consiste en que el acreedor libere al deudor del pago de parte de dicha deuda. Es decir, se trata de una disminución del capital pendiente de pago de la deuda, por la voluntad del acreedor.
¿Cuándo se puede producir una quita de una deuda?
Lo cierto es que no hay ningún caso en el que el acreedor esté obligado a aceptar una quita en la deuda, por lo que esta solo tendrá lugar como fruto de una negociación entre el deudor y el acreedor. Ahora bien, hay casos típicos en los que se puede dar una quita de la deuda.
Uno de ellos es cuando se trata de una deuda que ha sido adquirida por un fondo buitre. Dado el tipo de actividad que llevan a cabo estas entidades, podría parecer que negociar con ellas una reducción de la deuda es algo poco realista, pero no es así.
Los fondos buitre compran deuda a un precio que se encuentra bastante por debajo de su valor real (por ejemplo, por un precio equivalente al 20% de su valor). Sin embargo, luego le exigen al deudor la totalidad del pago.
Pues bien, hay veces en las que los deudores les ofrecen el pago de una cantidad menor y estos fondos buitre aceptan. Por un lado, así se aseguran cobrar al menos parte del crédito, conscientes además de las posibles dificultades del deudor para pagar una cantidad mayor.
Y por otra parte, aun cuando acepten una quita en la deuda, siguen obteniendo una rentabilidad muy alta, teniendo en cuenta que ellos han comprado la deuda a un precio muy bajo.
Otro caso, este previsto legalmente, en el que se puede aplicar una quita a la deuda, es la quita de la deuda hipotecaria. Esta opción está expresamente contemplada en el Código de Buenas Prácticas que se aprobó en 2012 a través del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y que fue modificado en 2022 por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre.
Tampoco la quita hipotecaria es obligatoria, pero es una medida prevista en aquellos casos en los que el deudor está en el umbral de exclusión definido por la ley y ha solicitado al banco una reestructuración de la hipoteca, pero el plan de reestructuración resulta inviable.
Otros dos supuestos en los que se puede solicitar la quita hipotecaria son: una vez iniciado el procedimiento de ejecución hipotecaria, habiéndose anunciado ya la subasta; y cuando el deudor se encuentra en el umbral de exclusión pero no ha podido optar a la dación en pago, debido a que la vivienda tiene cargas posteriores a la hipoteca.
También puede darse una quita de deuda en el concurso de acreedores. En este procedimiento, se intenta realizar una propuesta de convenio que debe contener proposiciones de quita, de espera o de quita y espera.
Hay que tener en cuenta que el concurso se celebra con una doble finalidad: que los acreedores cobren hasta donde sea posible e intentar que el negocio siga en funcionamiento, por lo que puede ser interesante para todas las partes tomar este tipo de medidas.
Como es obvio, no solo se puede producir una quita en la deuda en los casos anteriores, pero estos son los escenarios en los que, por las razones expuestas, hay una cierta posibilidad de que se acepte la quita. No obstante, también se puede dar en otros supuestos, como en una deuda entre allegados, por ejemplo.
¿Problemas para pagar tus deudas? Consulta los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad
En caso de que tengas grandes inconvenientes para pagar tus deudas, intentar una quita es una buena opción, pero hay otra mucho mejor: acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, si se cumplen las condiciones para ello.
Y es que la Ley de la Segunda Oportunidad es una solución legal por la que las personas físicas insolventes, y que reúnen otros sencillos requisitos, pueden:
- Cancelar sus deudas.
- Evitar los embargos, incluso logrando la suspensión de los que ya se hayan iniciado.
- Salir de los ficheros de morosos en los que figuren sus datos.
Hasta 2022, se tenía que intentar un acuerdo extrajudicial de pagos que podía incluir, precisamente, quitas a las deudas, entre otras medidas. Sin embargo, ese año, la Segunda Oportunidad experimentó una importante y profunda reforma legal que simplificó enormemente el procedimiento.
Por lo tanto, hoy en día, no existe fase extrajudicial, sino que directamente se presenta una solicitud en el juzgado de lo mercantil. Si se comprueba que se dan las condiciones de la Ley de la Segunda Oportunidad, el juez concede la exoneración de las deudas, sin más.
¿Quieres más información? En Abogados Para Tus Deudas somos expertos en eliminación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad. Por ello, podemos informarte de si tú también puedes poner fin a tus deudas por esta vía. Contáctanos y te asesoraremos con mucho gusto.